La propiedad
- Entre los germanos, la idea de propiedad era un periodo de completa transición, como lo demuestran las diferentes indicaciones que hacen a este propósito Julio César y Tácito.

España visigoda V
En el desenvolvimiento de la idea de propiedad, pueden señalarse tres momentos diversos: la propiedad mueble, la de las cosechas y la del suelo. Ningun pueblo, por mucho que sea el atraso en que se encuentre, deja de conocer la propiedad mueble, pues el hombre necesita los primeros momentos de su vida, armas con qué defenderse de las fieras y aun de sus semejantes, efectos con que cubrir sus carnes, y substancias que le sirvan de alimento. Con el tiempo, la necesidad de procurarse alimento para las épocas en que éste pueda escasear, da origen a la propiedad pecuaria; dando un paso más, aparece la de las cosechas, toda vez que los frutos producidos espontáneamente por la tierra, apenas si son aprovechables más que como pastos; y de esa propiedad de las cosechas, se pasa a la del suelo cultivado y a la de la caverna o choza donde la familia se cobija.
En esa evolución se encontraban los germanos antes de realizarse las invasiones, sin haber llegado todavía al último grado; es decir, que se hallaba grandemente desarrollada entre ellos la propiedad mueble, conocían la de los ganados y cosechas, pero no tenían noción siquiera de la inmueble. He aquí por qué al poco tiempo de verificada la invasión, aparece entre ellos la idea de la propiedad inmueble, pues acostumbrados al reparto de la tierra laborable, únicamente faltaba para la aparición de aquella que se asentaran definitivamente en un territorio. Existían entre los germanos diferentes modos de transmitirse la propiedad, ya por actos inter vivos, ya por actos mortis causa.
Eran aquellos: la ocupación, respecto de las cosas "nullius"; la accesión, en cuanto a los productos de los ganados, y aun en cierto modo a los frutos de la tierra; y la tradición, hecha por medio de la permuta. Entre los segundos, figuraba únicamente la sucesión intestada de padres e hijos, sucediendo en defectos de éstos, los hermanos, tíos paternos y maternos, por el orden que los enumeramos.
Al lado de las sucesiones, se admitían entre los germanos cierta especie de donaciones, pues el padre solían donar a los hijos, durante su vida, ciertos bienes que pasaban a éstos en plena propiedad, y que fueron el gérmen de la sucesión testamentaria.
De suerte, que bien podemos afirmar que a pesar de no existir la sucesión testamentaria, existía cierta tendencia a la misma entre esos pueblos.
Última actualización Feb2025 | 386👀

Historia General del Derecho Español
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