Matías Barrio y Mier (I)
Decía el poeta y pensador francés Paul Valery[1] que “la política fue en principio el arte de impedir a la gente meterse en lo que le importaba. En una época posterior se le agregó el arte de comprometer a la gente a decidir sobre lo que no entiende”. En todas las épocas hubo gente que se aprovechó de la política para sus fines, ocuparon por mediación del pueblo un lugar en la Corte y malgastaron o incumplieron sus votos, llevándole al pueblo que los encumbró la decepción y la derrota.
El hombre que aquí voy a retratar, palentino de la Castillería, es un hombre cabal, cultísimo; amante de la tierra como buen carlista, reconocido por ella como lo demuestran los votos obtenidos y defensor de un país que pierde en aquellos años de su participación política las colonias en el extranjero.
En una interpelación que Matías le hace al Presidente del Consejo de Ministros, viene a descargar esa pregunta que todavía hoy se hace el ciudadano: “Lo que no debe saberse, no se debe decir, pero la verdad es que, nosotros, la España entera, nos vamos ya cansando de oir todos los días, que el Gobierno medita, que hace, que trabaja, que acuerda, que resuelve... y, sin embargo, pasan días y semanas y hasta meses y no vemos resultados prácticos que correspondan a tan supuesta actividad ministerial. Lo que hace falta es, que reserve el Gobierno todo lo que le plazca, pero que al propio tiempo la realidad de tales trabajos y resoluciones se vaya componiendo después por los efectos que sucesivamente se produzcan. Y eso es lo que nosotros apetecemos: menos anuncios reservados de cosas que se han de hacer, y más resultados tangibles de lo que se dice acordado”.[2]
Un autor contemporáneo, al hacer mención de los “Fueros de Segovia”, recurre a su gran obra: “La historia general del Derecho Español”: “Más realista se muestra el olvidado catedrático de la Central, Matías Barrio y Mier, al escribir que “uno de los principales objetos de los fueros y cartas pueblas, era la exención de los llamados fueros malos, y la concesión de los fueros buenos”, si bien simplifique inmediatamente demasiado al definir como fueros malos “aquellas prestaciones personales o reales, aquellas reglas de procedimiento, o aquellas penas, onerosas para los vasallos, por atentar a la libertad humana, introducidas a los comienzos de la Reconquista, a virtud de las circunstancias de la época, o merced a influencias extranjeras”.[3]
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[2] Barrio y Mier, Matías. Discurso: Apoyos y peticiones al Gobierno, 8 de Junio de 1898. Preside el Excmo Sr. Marqués de la Vega de Armijo.
[3] Historia General del Derecho Español. Extracto taquigráfico de las explicaciones (Biblioteca del Estudiante de Derecho publicada por M.F.M. Librería de Victoriano Suárez, Madrid, s.s.) 2, 326-7.
En nuestro blog, algunos capítulos de su obra cumbre:
Última actualización: Mar2025 | 998👀
La Aventura Política de Barrio y Mier
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